Dónde presentar la NT y el DI de un traslado de residuos
En breve
La notificación previa (NT) y el documento de identificación (DI) de un traslado entre comunidades se presentan en el e-SIR del Ministerio o en el sistema propio de la comunidad de origen, según una tabla de origen y destino que publica el Ministerio. Solo los traslados con NT tienen procedimiento electrónico estatal. Residuum, el software de gestión de residuos de Computel IDS Group, S.L., presenta el DI en el e-SIR y envía NT y DI a SIRA, GaIA, ADCR 3.0 y SDR. Facilita el cumplimiento; no es asesoramiento jurídico. Revisado el . Base normativa
- Autor
- Javier Peñataro, Comunicación e imagen, Computel IDS Group, S.L.
- Revisión legal
- Computel IDS Group, S.L.
- Fechas
- Publicado el
Revisado el
La regla de reparto
El Real Decreto 553/2020 obliga a cada comunidad autónoma a elegir si la tramitación electrónica de los traslados se hace en la sede del Ministerio o en la suya (disposición adicional primera). El Ministerio publica el resultado en una tabla de origen y destino, y solo valen la NT y el DI presentados por el procedimiento que marca esa tabla. Facilita el cumplimiento; no es asesoramiento jurídico. Revisado el . Base normativa
| Si el origen está en… | Sistema | Si el destino está en otra comunidad |
|---|---|---|
| Andalucía | SIRA | También SIRA |
| Galicia | GaIA | También GaIA |
| Cataluña | SDR, si el destino también es Cataluña | e-SIR |
| Comunitat Valenciana | ADCR, si el destino también es la Comunitat Valenciana | e-SIR |
| Illes Balears | SINGER, el sistema de la administración de Illes Balears, si el destino también es Illes Balears | e-SIR |
| Cualquier otra comunidad, Ceuta o Melilla | e-SIR | e-SIR |
Tabla de origen y destino del Ministerio para la Transición Ecológica, vista el 21/10/2026. Algunas comunidades añaden matices en sus propias páginas y normas: consulta la sede de la comunidad de origen. Facilita el cumplimiento; no es asesoramiento jurídico. Revisado el . Base normativa
Qué traslados se presentan
El procedimiento electrónico solo es necesario en los traslados con notificación previa. La NT es obligatoria en los traslados de residuos destinados a eliminación y en los de residuos peligrosos y de residuos domésticos mezclados (código LER 20 03 01) destinados a valorización (Real Decreto 553/2020, artículo 3.2). Los demás llevan contrato de tratamiento y DI, sin presentación a la administración, salvo que la comunidad añada obligaciones. Facilita el cumplimiento; no es asesoramiento jurídico. Revisado el . Base normativa
Qué se presenta y con qué plazos
- NT.. Al menos diez días antes del traslado. Las comunidades de origen y de destino pueden oponerse en diez días desde el acuse de recibo, o en dos días en los traslados urgentes. Una notificación general, para varios traslados del mismo residuo al mismo destino, dura como máximo tres años (Real Decreto 553/2020, artículos 8 y 9).
- DI.. La parte del operador, antes de iniciar el traslado; la del gestor de destino, con la aceptación o el rechazo, en un máximo de 30 días desde la entrega (artículo 6.2).
Plazos del Real Decreto 553/2020. Tu comunidad puede tener su propia forma de contarlos. Facilita el cumplimiento; no es asesoramiento jurídico. Revisado el . Base normativa Guía: el DI por partes A, B y C
Qué hace Residuum en cada sistema
Residuum presenta los documentos de identificación (DI) en el e-SIR del MITECO y envía notificaciones previas (NT) y DI a SIRA (Andalucía), GaIA (Galicia), ADCR 3.0 (Comunitat Valenciana) y SDR (Cataluña), cuando el traslado lo exige. La NT dirigida al e-SIR se prepara en Residuum y se presenta de forma manual en la sede del MITECO. Facilita el cumplimiento; no es asesoramiento jurídico. Revisado el . Base normativa
Bloquea el envío a una sede equivocada y guarda el código seguro de verificación, la fecha y el XML de cada presentación. Para usar cada sistema, la empresa necesita alta y sus propias credenciales o certificado, y la validez de lo presentado la determina la administración. Residuum no es un servicio de esos organismos ni cuenta con su respaldo. Facilita el cumplimiento; no es asesoramiento jurídico. Revisado el . Base normativa Qué hace Residuum en cada sistema
Fuentes oficiales
- Real Decreto 553/2020, de traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, arts. 3, 6, 8 y 9 y disposición adicional primera
- Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, disposición adicional octava
- MITECO, traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, con la tabla de origen y destino (página oficial, sin rango de norma)